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Los montos establecidos en las presentes disposiciones serán ajustados durante el transcurso del mes anterior al inicio de cada año, de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumo habida desde noviembre de 2010 hasta noviembre del año corriente, por parte del Instituto Nacional de Estadística, la que redondeará su monto a millares, lo publicará en su sitio web y lo comunicará a la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado para su publicación en el sitio web de Compras y Contrataciones Estatales.
Para la determinación del monto de cada gasto se incluirá el Impuesto al Valor Agregado.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso primero del presente artículo, los montos establecidos en la Sección 2 "De los Contratos del Estado", serán ajustados durante el transcurso del mes anterior al inicio de cada año, de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumo habida desde julio de 2020 hasta noviembre del año corriente, por parte del Instituto Nacional de Estadística, la que redondeará su monto a millares, lo publicará en su sitio web y lo comunicará a la Agencia Reguladora de Compras Estatales para su publicación en su sitio web.
Para la determinación del monto de cada gasto se incluirá el Impuesto al Valor Agregado.