Ver el texto limpio
Autorízase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas a realizar trasposiciones debidamente fundadas -en cuanto a la obra a realizar y aquella cuya ejecución se postergue- entre proyectos de diferentes programas del Inciso, así como a utilizar los excedentes de asignaciones de proyectos ya ejecutados, en otros de inversión sin asignación presupuestal, o con asignación presupuestal insuficiente, sin incrementar el monto máximo de ejecución establecido para el Ejercicio.
En todos los casos se dará cuenta a la Contaduría General de la Nación, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, al Tribunal de Cuentas y a la Asamblea General.
En las trasposiciones, los proyectos reforzantes serán exclusivamente los de "Mantenimiento" de los programas del Inciso y los reforzados serán en todos los casos, los creados legalmente.
En ningún caso las trasposiciones podrán obstar ni hacer inviable la ejecución de los proyectos autorizados por las normas presupuestales.
El procedimiento que se autoriza no podrá ser empleado a los fines de reforzar el proyecto 702 "Convenios del programa 01 del Inciso 10