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La solicitud de abanderamiento deberá ser acompañada de:
A) Certificado notarial que acredite que el solicitante es persona física con domicilio en la República y que la razón social está inscripta en el Registro Público y General de Comercio, o persona jurídica con sede en la misma y cuyo contrato o estatuto haya sido inscripto en ese Registro.
La empresa y el representante legal deberán tener domicilio constituido en territorio nacional;
B) Documentación que acredite la propiedad del buque por parte del solicitante o su derecho a obtenerla, debidamente legalizada y traducida cuando corresponda, en caso de tratarse de buques construidos o transferidos en el extranjero.
En caso de que el buque haya sido arrendado a casco desnudo con suspensión provisoria de la bandera de origen, el documento que acredite tal arrendamiento, acompañado de los que se indiquen expresamente para estos casos en la reglamentación pertinente.