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(Sistema Nacional).- Créase el Sistema Nacional de Control de Derrame de Contaminantes, cometiéndose al Comando General de la Armada para que, a través de la Prefectura Nacional Naval, establezca pautas de prevención, organización y procedimientos para administrar una situación de derrame de contaminantes provenientes de buques, aeronaves y artefactos navales en el ámbito marítimo nacional y en caso de producirse un derrame la puesta en ejecución de medidas de neutralización, efectuando la supervisión de la limpieza de las aguas dentro de su jurisdicción o interviniendo directamente en la limpieza del área afectada, para el restablecimiento a posteriori, en el medio acuático y costero, de las condiciones anteriores.