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(Comité de Regulación y Supervisión).- Dentro del Banco, habrá un Comité de Regulación y Supervisión, el cual estará integrado por dos miembros del Directorio, el Superintendente de Servicios Financieros y otros dos funcionarios de ese servicio designados por el Directorio.
Las funciones del Comité serán:
A) Brindar el asesoramiento que requiera el Directorio para tomar las decisiones que correspondan en materia de regulación y supervisión.
B) Analizar y asesorar al Directorio sobre las propuestas de políticas y planes preparados por la Superintendencia de Servicios Financieros.
C) Monitorear la aplicación de las políticas establecidas y el desarrollo de los planes de trabajo aprobados.
D) Opinar sobre las propuestas de Memoria y Plan de Actividades.