Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
Créase el Programa 009 "Servicios para la Planificación del Transporte y para la Formulación y el Seguimiento de los Planes de Inversión a cargo del Ministerio de Transporte y Obras Públicas", cuya unidad ejecutora será la Dirección Nacional de Inversiones y Planificación. Dicha unidad ejecutora funcionará integrando en sus cuadros administrativos al Instituto de Planificación del Transporte e Infraestructura, creada por Resolución de 26 de noviembre de 1992, a la Asesoría Económico-Financiera del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y a la División Inversiones de la Dirección Nacional de Vialidad del citado Ministerio.
El programa estará dirigido por un ingeniero, un contador o un economista, designado al amparo de lo dispuesto en el artículo 715 de la presente ley.
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