Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
(Títulos).- Los títulos, si los hubiere, o las condiciones de la emisión deben contener:
A) La denominación del título.
B) Lugar y fecha de su emisión así como la de su vencimiento.
C) El nombre y el domicilio del emisor, así como el lugar de pago, si no fuera el mismo que el domicilio.
D) El número de serie y de orden de cada título, así como el valor nominal que representa.
E) El monto y la moneda de la emisión.
F) El plazo.
G) La naturaleza de la garantía, si la hubiere.
H) Las condiciones y la oportunidad en que se efectuará la conversión en acciones, si la hubiere.
I) Las condiciones de amortización.
J) El interés y la forma de reajuste o actualización del valor del capital, si correspondiere.
K) En los casos que correspondiere, la firma del emisor o su representante.
Cuando se trate de obligaciones escriturales, los datos indicados precedentemente, así como el nombre del suscriptor, deberán transcribirse en los comprobantes de apertura y constancias de saldo.
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