Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
(Inscripción en el Registro de Valores).- La solicitud de inscripción de valores de oferta pública en el Registro de Valores podrá ser presentada por la entidad emisora o por una Bolsa de Valores.
En caso de presentación de valores por la entidad emisora, corresponderá al Banco Central del Uruguay decidir en cuanto a su inscripción. El trámite para autorizar la inscripción de los valores no podrá exceder los treinta días corridos contados desde la fecha en que la solicitud fuera presentada. El plazo podrá suspenderse si fuera necesario demandar información adicional, reanudándose cuando se haya presentado la misma. Vencido dicho plazo sin que haya mediado pronunciamiento del Banco Central del Uruguay el valor se considerará inscripto en el Registro de Valores y autorizado para la oferta pública.
La inscripción podrá igualmente ser presentada por una Bolsa de Valores, la que deberá haberla autorizado previamente, de acuerdo con las disposiciones contenidas en sus propios reglamentos. En estos casos, el plazo con que cuenta el Banco Central del Uruguay para decidir será de diez días corridos, vencido el cual sin que éste se hubiera pronunciado, procederá la incorporación del valor al Registro mencionado.
Sin perjuicio de las facultades del Poder Ejecutivo, tanto las normas generales e instrucciones particulares que dicte el Banco Central del Uruguay para los valores presentados directamente por la emisora para su inscripción, como los reglamentos que dicten las Bolsas para los valores presentados ante las suyas, podrán prever requisitos diferenciales en atención al tipo de valor, de oferta, de inversor al cual va dirigida y de emisor de que se trate, asegurando por parte del emisor la debida información respecto de la característica de la emisión y del régimen al cual se encuentra sujeta.
Será responsabilidad de la Bolsa de Valores respectiva que el valor inscripto cumpla con los requerimientos establecidos en los reglamentos de la propia Bolsa de Valores autorizados por el Banco Central del Uruguay.
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