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Si el consumidor tiene dudas acerca de la genuinidad, pureza, germinación o tratamiento indicado en los rótulos de las semillas que hubiera comprado, podrá solicitar la comprobación oficial al Instituto Nacional de Semillas en la forma que determine la reglamentación respectiva.
Las reclamaciones sobre genuinidad, pureza, germinación y tratamientos se deberán formular durante el desarrollo del cultivo y hasta el inicio de la cosecha, en forma inmediata a la constatación del problema.
Si se comprobara que la reclamación es fundada, el vendedor estará obligado a reembolsar al comprador el precio de la semilla y el flete, sin perjuicio de las sanciones que establece la presente ley.
El comprador estará obligado a devolver la semilla que no haya sembrado con los envases respectivos, siendo los gastos que demande esta medida de cargo del vendedor.