Artículo 1Modificado
Apruébase la adhesión de la República Oriental del Uruguay al Protocolo para la Represión de Actos Ilícitos de Violencia en los Aeropuertos que presten Servicio a la Aviación Civil Internacional, suscrito en Montreal el día 24 de febrero de 1988 y complementario del Convenio para la Represión de Actos Ilícitos contra la Seguridad de la Aviación Civil, hecho en Montreal el día 23 de setiembre de 1971. (*)
Notas de IMPO
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el Diario Oficial correspondiente.