Artículo 1Modificado
Apruébase el Convenio de Seguridad Social entre los Gobiernos de la República Oriental del Uruguay y de la República de Chile, suscrito en la ciudad Montevideo, el 1º de agosto de 1997. (*)
- Ver además:
- Ley N° 17.144 ↗
Notas de IMPO
Ver: Texto de la Norma Internacional.