Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
Son derechos básicos del consumidor:
A) La protección de la vida, la salud y la seguridad contra los riesgos causados por las prácticas en el suministro de productos y servicios considerados peligrosos o nocivos.
B) La educación y divulgación sobre el consumo adecuado de los productos y servicios, la libertad de elegir y el tratamiento igualitario cuando contrate.
C) La información suficiente, clara, veraz, en idioma español y sin perjuicio que puedan emplearse además otros idiomas.
D) La protección contra la publicidad engañosa, los métodos coercitivos o desleales en el suministro de productos y servicios y las cláusulas abusivas en los contratos de adhesión, cada uno de ellos dentro de los términos dispuestos en la presente ley.
E) La asociación en organizaciones cuyo objeto específico sea la defensa del consumidor y ser representado por ellas.
F) La efectiva prevención y resarcimiento de los daños patrimoniales y extra patrimoniales.
G) El acceso a organismos judiciales y administrativos para la prevención y resarcimiento de daños mediante procedimientos ágiles y eficaces, en los términos previstos en los Capítulos respectivos de la presente ley.
CAPITULO III
PROTECCION DE LA SALUD Y LA SEGURIDAD
Ver el texto limpio