Artículo 1
Declárase de interés general la ubicación y posterior repatriación al territorio nacional de los restos de los indios charrúas Vaimaca Perú, Senaqué, Guyunusa y Tacuabé, fallecidos en la República de Francia.
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Ley N° 17.256
Texto en IMPO ↗Diario Oficial ↗