Artículo 1Modificado
Apruébase la Convención Interamericana contra la Fabricación y el Tráfico Ilícitos de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y otros Materiales Relacionados, adoptada en el XXIV Período Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos y suscrita por la República el 14 de noviembre de 1997. (*)
- Ver además:
- Ley N° 17.300 ↗
Notas de IMPO
Ver: Texto de la Norma Internacional.