Declárase feriado para la villa Constitución, departamento de Salto, el día 11 de julio de 2002, fecha en que se conmemoran los 150 años de su fundación.
Otórgase goce de licencia paga, durante el día referido en el artículo 1º, a los trabajadores de las actividades pública y privada nacidos o radicados en Constitución.