Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
La titularidad, administración y disposición del Seguro para el Control de la Brucelosis (SCB) corresponderá a una Comisión de Administración integrada por un delegado del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y su alterno, un delegado y su correspondiente alterno designado por la Asociación Rural del Uruguay, Cooperativas Agrarias Federadas, Comisión Nacional de Fomento Rural, Federación Rural, Asociación Nacional de Productores de Leche e Intergremial de Productores de Leche.
La Comisión tomará sus resoluciones por mayoría simple. La Presidencia será rotativa, correspondiendo la primera a quien sus integrantes designen. Esta Comisión también comunicará quiénes serán los designados para firmar las erogaciones decididas debiendo, expresamente, a tales efectos, intervenir el Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca.
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