Artículo 1Modificado
Apruébase el Memorándum de Entendimiento entre la República Oriental del Uruguay y la República Italiana, referido al otorgamiento a nuestra República de una ayuda financiera de E 20.000.000 (veinte millones de euros), suscrito en la ciudad de Milán (República Italiana), el 16 de octubre de 2003. (*)
- Ver además:
- Ley N° 17.783, art. 1 ↗
Notas de IMPO
Ver: Texto de la Norma Internacional.