Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
La política postal procurará asegurar la continuidad, la regularidad y la universalidad de los servicios postales, así como el acceso de los habitantes a dichos servicios en condiciones de igualdad, de inviolabilidad y de secreto de la correspondencia. El Servicio Postal Universal, se define como aquel servicio que el Estado asegurará a sus habitantes en todo el territorio nacional en forma permanente y en condiciones de calidad y precios razonables. El Servicio Postal Universal, estará a cargo de la Administración Nacional de Correos y comprende la admisión, el procesamiento, el transporte y la distribución de envíos o productos postales sin valor agregado de hasta dos kilogramos de peso. El Poder Ejecutivo, con el previo asesoramiento de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, podrá modificar la delimitación del Servicio Postal Universal, en función de las necesidades de los habitantes, por consideraciones de política postal, por la evolución tecnológica o por la demanda de servicios en el mercado.
Ver el texto limpio