Artículo 1☆Declárase feriado no laborable para el departamento de Florida, el día 10 de julio de 2006, con motivo de conmemorarse los 150 años de su fundación.
Artículo 2☆Otórgase goce de licencia paga durante la fecha indicada en el artículo 1° a los trabajadores de las actividades pública y privada nacidos o radicados en el departamento de Florida.