Artículo 1Modificado
Apruébase el Acuerdo sobre Cooperación Policial en la Investigación, Prevención y Control de Hechos Delictivos, entre la República Federativa del Brasil y la República Oriental del Uruguay, hecho en la ciudad de Río Branco, el 14 de abril de 2004. (*)
- Ver además:
- Ley N° 18.157 ↗
Notas de IMPO
Ver: Texto de la Norma Internacional.