Artículo 1Modificado
Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de la República Federativa del Brasil y el Gobierno de la República Oriental del Uruguay para la Creación de Escuelas y/o Institutos Binacionales Fronterizos Profesionales y/o Técnicos y para la Habilitación de Cursos Técnicos Binacionales Fronterizos, suscrito en Brasilia, República Federativa del Brasil, el 1º de abril de 2005. (*)
- Ver además:
- Ley N° 18.158, art. 1 ↗
Notas de IMPO
Ver: Texto de la Norma Internacional.