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Autorízase a la unidad ejecutora 009 "Dirección Nacional de Catastro" a abonar al personal un incentivo, condicionado al cumplimiento de metas anuales de desempeño, que no podrá superar el 15% (quince por ciento), del total de retribuciones anuales no variables que perciban los mismos. A tales efectos habilítase en la Financiación 1.1. "Rentas Generales" una partida de $ 6:070.000 (seis millones setenta mil pesos uruguayos) incluidos aguinaldo y cargas legales.
El Ministerio de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección Nacional de Catastro, previo informe favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, establecerá el sistema de retribuciones por cumplimiento de metas de desempeño referido en el inciso anterior, en base a los siguientes criterios:
1) Abarcar a la totalidad de los funcionarios que cumplan funciones en la Dirección Nacional de Catastro.
2) Basarse en la evaluación del cumplimiento de metas anuales de desempeño correspondientes a cada grupo de trabajo de la Dirección Nacional de Catastro.
3) Realizar la evaluación fundamentalmente de base grupal y con indicadores objetivos establecidos previamente.
4) Que todos los grupos a ser evaluados reciban un incentivo máximo que representará un porcentaje similar del monto anual de sus remuneraciones.
5) Realizar la evaluación y el pago de los incentivos una vez al año.
6) Realizar la distribución de los incentivos en cada grupo en base a los niveles de remuneración del cargo y en proporción al presentismo en el año correspondiente.