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(Fondo Rotatorio Especial).- Créase el Fondo Rotatorio Especial (FRECOOP) cuyo destino será el apoyo financiero al desarrollo de cooperativas, cualquiera sea su clase y grado, mediante la asistencia directa, la cofinanciación con otras instituciones o la participación en el desarrollo de instrumentos financieros.
Este Fondo se integrará con los siguientes recursos:
A) Las partidas presupuestales que se le asignen y los excedentes de la ejecución presupuestal de las mismas.
B) Los aportes que con tal fin se obtengan de cualquier fuente.
C) Los importes pagados por las cooperativas por concepto de reintegro del capital y sus intereses de los préstamos otorgados por dicho Fondo.
El Instituto Nacional del Cooperativismo será quien administrará este Fondo y establecerá los criterios y prioridades de acuerdo a los cuales se asignarán los recursos de financiamiento a los diferentes proyectos y actividades.