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(Registro de aspirantes).- A los efectos de la gestión de los sorteos, se implementará un registro de aspirantes al trabajo por categoría, en el que podrán registrarse aquellas personas que residan en un radio de cien kilómetros de la zona en la que se realizarán las obras, en forma independiente de las fronteras departamentales.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a través de la Dirección Nacional de Empleo, instrumentará el mecanismo de dicho registro y la forma de acreditar la vecindad de las personas aspirantes.
En el momento de realizarse el sorteo público deberá ponerse a disposición de los presentes la lista completa con los nombres de quienes participan en el mismo y el número que identifica a cada uno de ellos en el sorteo.