Artículo 1Modificado
Apruébase el Convenio de Cooperación Judicial en Materia Penal entre la República Oriental del Uruguay y la República de Colombia, suscrito en Santafé de Bogotá, el 10 de febrero de 1998. (*)
- Ver además:
- Ley N° 18.548, art. 1 ↗
Notas de IMPO
Ver: Texto de la Norma Internacional.