Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
No regirá a estos efectos lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley N°
13.318, de 28 de diciembre de 1964.
Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores, en Montevideo, a 1° de setiembre de 2009.
RODOLFO NIN NOVOA, Vicepresidente de la República en ejercicio de la Presidencia; SANTIAGO GONZALEZ BARBONI, Secretario.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Montevideo, 11 de Setiembre de 2009 Cúmplase, acúsese recibo, comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Nacional de Leyes y Decretos, la Ley por la que se dispone que la Dirección Nacional de Loterías y Quinielas realice anualmente, en fecha que determine el Poder Ejecutivo, un sorteo especial de lotería cuya recaudación sea destinada a total beneficio del Hospital Pasteur.
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