Artículo 1Modificado
Apruébase el Convenio entre la República Oriental del Uruguay y los Estados Unidos Mexicanos para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, firmado en la ciudad de Montevideo, el 14 de agosto de 2009. (*)
- Ver además:
- Ley N° 18.645, art. 1 ↗
Notas de IMPO
Ver: Texto de la Norma Internacional.