Artículo 1Modificado
Apruébase el Acuerdo entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y el Gobierno del Estado de Israel sobre Cooperación Bilateral en Investigación y Desarrollo Industrial del Sector Privado, suscrito el día 25 de diciembre de 2008, en la ciudad de Jerusalén, Estado de Israel. (*)
- Ver además:
- Ley N° 18.736, art. 1 ↗
Notas de IMPO
Ver: Texto de la Norma Internacional.