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Para el cumplimiento de sus cometidos la Unidad Agroalimentaria Metropolitana tendrá las siguientes atribuciones:
A) Administrar, con las más amplias facultades, los predios que determine el Gobierno Departamental de Montevideo, con el régimen jurídico que este defina.
B) Dictar su reglamento de funcionamiento.
C) Establecer la tipificación y condiciones que deben satisfacer las mercaderías que se comercializan a través de la Unidad Agroalimentaria Metropolitana, de acuerdo con la normativa nacional y departamental en la materia, incluida la normativa bromatológica.
D) Llevar el registro de operadores, tomando como base el ya confeccionado por la Intendencia de Montevideo.
E) Formar el registro de usuarios de actividades complementarias de la comercialización mayorista de la Unidad Agroalimentaria Metropolitana.
F) Ofrecer servicios de acondicionamiento, tratamiento post cosecha, clasificación y envasado para los productos que se comercialicen en la Unidad Agroalimentaria Metropolitana.
G) Ofrecer servicios de administración, mantenimiento de instalaciones, higiene y seguridad.
H) Fijar los precios de las concesiones de uso de espacio y, en general, del costo de los servicios que se presten en el cumplimiento de sus cometidos, pudiendo establecer tratamientos diferenciales para la promoción y el desarrollo de sectores productivos estratégicos o vinculados a la generación intensiva de empleo y valor agregado.
I) Definir las áreas de actividad y la estructura de organización interna.
J) Establecer relaciones de cooperación recíproca y convenios con instituciones públicas y privadas, nacionales o extranjeras u organismos internacionales o regionales.
K) Determinar y aplicar las sanciones pertinentes por infracciones a las normas regulatorias establecidas en los reglamentos de funcionamiento de las áreas de su competencia.
L) Ejecutar las sanciones pecuniarias que imponga, a cuyos efectos los testimonios de las resoluciones firmes constituirán título ejecutivo.
M) Contratar el personal, el cual se regirá por el derecho privado.
N) Formular el reglamento que regirá las relaciones de trabajo.
O) Celebrar convenios de pago para el cobro de sanciones que aplique, cuando lo considere conveniente.
P) Adquirir, gravar y enajenar toda clase de bienes.