Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
Son cometidos y atribuciones de la Comisión de Salud Bucal Escolar:
A) Promover, coordinar, desarrollar planes y programas de apoyo a las políticas educativas, preventivas y asistenciales para niños, en materia de salud bucal, así como llevar adelante su ejecución, con el personal a su orden o con aquel que corresponda, en función de los convenios que celebre con otras entidades.
B) Coordinar con los servicios públicos correspondientes, entidades oficiales o privadas, asistenciales, sociales, sindicales, culturales, deportivas y cooperativas, las acciones tendientes al cumplimiento de sus cometidos.
C) Contribuir al ejercicio del derecho a la educación, prevención y asistencia de la salud bucal escolar, mediante acciones que permitan la igualdad de acceso al derecho consignado y al desarrollo saludable de la infancia en la materia mencionada.
D) Desarrollar programas educativos, preventivos y asistenciales para la población objetivo, según el diseño que se adopte, en el marco de la normativa vigente, pudiendo ampliarlos en el futuro.
E) Programar anualmente su plan de actividades y aplicar recursos, informando al Poder Ejecutivo.
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