Artículo 1Modificado
Aprúebase el Convenio entre la República Oriental del Uruguay y la República de Corea para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio (*), firmado en la ciudad de Montevideo, el 29 de noviembre de 2011.
- Ver además:
- Ley N° 19.033, art. 1 ↗
Notas de IMPO
Ver: Texto de la Norma Internacional.