Artículo 1Modificado
Apruébase la "Enmienda al Artículo 3 del Convenio Constitutivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe" (Fondo Indígena), adoptada por la Resolución N° 8 de la Octava Asamblea General Ordinaria del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe (FILAC), que tuvo lugar en la ciudad de México D.F., en los días 7 y 8 de noviembre de 2008.(*)
- Ver además:
- Ley N° 19.107 ↗
Notas de IMPO
Ver: Texto de la Norma Internacional.