Cambios respecto de la redacción anterior:agregadoquitado
(Principios).- Son principios rectores de los programas, planes y modalidades contractuales de empleo y formación para jóvenes:
A) El trabajo decente y sus diversos componentes de respeto y promoción de los derechos laborales fundamentales, el empleo e ingresos justos, la no discriminación por razones de edad, género, sexo, orientación sexual, etnia, nivel socioeconómico o de cualquier otro tipo, la protección social y el diálogo social.
B) El tripartismo y la responsabilidad, participación y compromiso:
1) Del sector público, en la planificación, orientación y supervisión de los planes y programas en materia de formación profesional y empleo juvenil.
2) De las empresas y organizaciones del sector privado, en la generación de empleo decente y en la colaboración en materia de formación.
3) De las organizaciones de trabajadores, en la promoción y defensa de los derechos de los y las trabajadoras jóvenes.
4) De las instituciones de formación, en el diseño, capacitación, seguimiento y apoyo a los programas de trabajo y empleo juvenil.
5) De las personas jóvenes, en el desarrollo de sus competencias y en la definición e implementación de sus trayectorias laborales y educativas.
CAPÍTULO II
DE LA PROMOCIÓN DEL TRABAJO DECENTE JUVENIL
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