Artículo 1Modificado
Apruébanse el Convenio entre la República Oriental del Uruguay y el Gran Ducado de Luxemburgo para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio y su Protocolo (*), firmados en la ciudad de Bruselas, Bélgica, el 10 de marzo de 2015.
- Ver además:
- Ley N° 19.354, art. 1 ↗
Notas de IMPO
Ver: Texto de la Norma Internacional.