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Créanse en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", los siguientes cargos:
I) Programa 402 "Seguridad Social", Unidad Ejecutora 025 "Dirección Nacional de Asistencia y Seguridad Social", un "Director Nacional de Asistencia y Seguridad Social Policial", cargo de particular confianza, con la remuneración prevista en el artículo 16 de la Ley N°
18.996, de 7 de noviembre de 2012.
Programa 440 "Atención Integral de Salud", Unidad Ejecutora 030 "Dirección Nacional de Sanidad Policial", un "Director Nacional de Sanidad Policial", cargo de particular confianza y tendrá la remuneración prevista en el artículo 16 de la Ley N° 18.996.
Un "Subdirector Nacional de Sanidad Policial", el que estará comprendido en el literal D) del artículo 9° de la Ley N° 15.809, de 8 de abril de 1986.
II) Programa 423 "Información y registro sobre personas físicas y bienes", unidad ejecutora 031 "Dirección Nacional de Identificación Civil":
Un Director Nacional de Identificación Civil, que será Director de la unidad ejecutora y de particular confianza y tendrá la remuneración prevista en el artículo 16 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012.
III) Programa 460 "Prevención y represión del delito", unidad ejecutora 002 "Dirección Nacional de Migración":
Un Director Nacional de Migración, que será Director de unidad ejecutora y de particular confianza y tendrá la remuneración prevista en el artículo 16 de la Ley N° 18.996, de 7 de noviembre de 2012.
Suprímese el cargo creado por el artículo 258 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010.