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Facúltase al Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", a reasignar los créditos disponibles del grupo 0 "Retribuciones Personales", en la Financiación 1.1 "Rentas Generales", incluidos los correspondientes al subgrupo 09 "Otras Retribuciones", con excepción de los créditos asociados al objeto del gasto 095.005 "Fondo para financiar funciones transitorias y de conducción", para la adecuación de la estructura de remuneraciones que se considere necesaria, a fin de facilitar el proceso de reestructura organizativa y de puestos de trabajo del Inciso. También podrán ser utilizados los créditos correspondientes a los cargos vacantes que se requieran a través de la supresión que por esta vía se autoriza.
Las reasignaciones proyectadas al amparo de la presente norma, deberán contar con informe favorable de la Comisión de Análisis Retributivo y Ocupacional y ser comunicadas a la Contaduría General de la Nación para hacerse efectivas.