Artículo 1Modificado
Apruébanse el "Acuerdo para la Concesión de un Plazo de noventa (90) días a los Turistas Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados", suscrito en la ciudad de Córdoba, República Argentina el 20 de julio de 2006 y el convenio modificatorio del mismo: "Acuerdo Modificatorio del Acuerdo para la Concesión de un Plazo de noventa (90) días a los Turistas Nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados", suscrito en la ciudad de Paraná, República Argentina, el 16 de diciembre de 2014. (*)
- Ver además:
- Ley N° 19.618, art. 1 ↗
Notas de IMPO
Ver: Texto de la Norma Internacional.