Ver el texto limpio
Autorízase al Inciso 07 'Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca', unidad ejecutora 001 'Dirección General de Secretaría', la contratación de personal para atender las tareas inherentes a la preparación y ejecución del Censo General Agropecuario, en lo relativo a tareas de encuestadores, críticos-codificadores y supervisores de campo, las que serán realizadas bajo la modalidad de contrato zafral, establecida en la presente ley. La Administración establecerá las bases y condiciones para la contratación. Se deberá prever en el caso que el número de aspirantes así lo ameriten, una instancia de sorteo en forma previa al inicio del procedimiento de selección a aplicar.
Las contrataciones estarán exceptuadas del procedimiento del Sistema de Reclutamiento y Selección de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de lo dispuesto por el artículo 346 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, y podría acumularse a otro empleo público siempre que no superen en conjunto las sesenta horas semanales.