Artículo 1Modificado
Apruébase el "Acuerdo entre el Gobierno de la República Oriental del Uruguay y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo a la creación y el funcionamiento en Montevideo (Uruguay) del Centro Regional de Gestión de Aguas Subterráneas para América Latina y el Caribe como Centro de Categoría 2 auspiciado por la UNESCO", (*) suscrito el 20 de marzo de 2014.
- Ver además:
- Ley N° 20.335, art. 1 ↗
Notas de IMPO
Ver: Texto de la Norma Internacional.