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La Administración Nacional del Puerto de Montevideo estará a cargo de un Directorio constituido por nueve miembros. De éstos, tres serán permanentes en razón de sus cargos públicos: el Capitán General de Puertos, el Director General de Aduanas y el Director del Puerto en la parte-técnica o de conservación y obras nuevas. Los seis miembros elegibles, incluso el Presidente del Directorio, durarán en sus funciones tres años, renovándose los primeros que se designen en la forma siguiente: dos miembros terminarán al año del nombramiento, dos al segundo y dos al tercero. El Vocal que se incorpore en virtud de lo dispuesto precedentemente cesará en su mandato el 10 de Agosto de 1920.
Los Vocales designados en razón de sus cargos pueden ser reemplazados, en caso de ausencia, enfermedad u otra razón que imposibilite su concurrencia a las sesiones, por los funcionarios de categoría inmediata en los mismos puestos.