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Los precios de la leche destinada al consumo de Montevideo serán los siguientes:
A) Para el productor, $ 7.00 (siete pesos), como mínimo los cien litros, por el 80% de su cuota y $ 6.00 (seis pesos) también como mínimo por el 20% restante. Se entiende que este 20% al precio de $ 6.00 tiene el mismo carácter de cuota, para todos los efectos legales que el 80% que se pagará a $ 7.00.
B) Para el repartidor, $ 9.90 (nueve pesos noventa centésimos) los cien litros, colocada la leche en las planchadas de las usinas de Conaprole.
C) Para el consumo, $ 0.13 el litro. En lo futuro, los precios que determina este artículo podrán ser modificados por decisión de la Junta Nacional de la Leche, salvo en los precios mínimos fijados por el inciso A), que no podrán ser disminuídos. Estos precios regirán, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 1º, apartado final, de la ley número 9899, en lo que respecta al pago de mejor precio por leche de calidad.