Tribunal de lo Contencioso Administrativo · Tribunal de lo Contencioso Administrativo
Sentencia Interlocutoria N° 201/2023
23 de mayo de 2023
- Ficha (IUE)
- 556/2021
- Procedimiento
- Acción de nulidad
- Materia
- Derecho administrativo
- Fallo: otro
Texto de la sentencia
DECRETERO DE SENTENCIAS
//tevideo, 23 de mayo de 2023.
No. 201 VISTOS en el Acuerdo:
Para resolución, estos autos caratulados: “MONTECON S.A. con PODER EJECUTIVO. Acción de Nulidad” (Ficha No. 556/2021).
RESULTANDOYCONSIDERANDO :
I) La parte demandada interpuso recuso de aclaración en contra de la sentencia interlocutoria No. 83/2023, mediante la cual fue desestimada la excepción interpuesta con costas a cargo de la demandada.
La aclaración solicitada obedece a que la demandada no interpuso la excepción desestimada, sino que la excepción fue deducida por los terceristas.
En su mérito, requirió “aclaración” relativa a por qué le fueron impuestas las costas de la incidencia.
II) Asiste razón a la demandada en cuanto a que corresponde aclarar el dispositivo de la interlocutoria impugnada, en cuanto a que donde expresa “costas a cargo de la demandada” debe indicarse “costas a cargo de los promotores de la excepción”.
Por los fundamentos expuestos, el Tribunal,
RESUELVE :
Ha lugar al recurso interpuesto y, en su mérito, aclárese el fallo de la sentencia interlocutoria No. 83/2023 en cuanto a que en lugar de “costas a cargo de la demandada” debe leerse “costas a cargo de los promotores de la excepción”.
Dra. Klett (r.), Dr. Corujo, Dr. Simón.
Dr. Ricardo Marquisio (Sec. Letrado).
Fuente: consulta de jurisprudencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Los nombres de las partes figuran tal como los publica el TCA (los juzgados los anonimizan; el Tribunal, no siempre).