Tribunal de lo Contencioso Administrativo · Tribunal de lo Contencioso Administrativo
Sentencia Sentencia N° 681/2022
29 de setiembre de 2022
- Ficha (IUE)
- 200/2021
- Procedimiento
- Acción de nulidad
- Materia
- Derecho administrativo
- Fallo: otro
Texto de la sentencia
DECRETERO DE SENTENCIAS
//tevideo, 29 de setiembre de 2022.
No.681
VISTOS :
Para Resolución, estos autos caratulados: “ACOSTA BRAGUE, EDISON GUALBERTO con ESTADO. MINI STERIO DEL INTERIOR. Auxiliatoria de Pobreza” (Ficha No. 200/2021).
RESULTANDO :
I) A fs. 4/7, se ofreció prueba pericial de la parte actora en el principal y se peticionó auxiliatoria de pobreza . Ofreció prueba testimonial, a tales efectos; que se ordenó diligenciar con citación contraria.
II) Diligenciada la prueba ofrecida con oportunidad de control de la parte demandada se llamó para resolución por auto N o.
4886/2022 (fs. 42) y se la acordó en legal y oportuna forma.
CONSIDERANDO :
I) El Tribunal se pronunciará por hacer lugar a la auxiliatoria de pobreza promovida.
II) En efecto, el actor , con la prueba aportada, acreditó carecer de los medios económicos suficientes para poder afrontar los gastos procesales de la acción de nulidad promovida, en particular la pericia.
III) De ese modo, la si tuación económica del actor ingresa en lo previsto por la normativa constitucional.
Por los fundamentos y textos normativos precedentemente expuestos y lo previsto por el artículo 254 de la Constitución de la República, el Tribunal,
RESUELVE :
Concédese la auxiliatoria de pobreza solicitada.
Notifíquese a domicilio.
Oportunamente, acordónese al principal y estése al giro del último, elevándoselo para proveer sobre la pericia pendiente.
Dr. Simón (r.), Dr. Corujo, Dra. Klett.
Dr. Marquisio (Sec. Letrado).
Fuente: consulta de jurisprudencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Los nombres de las partes figuran tal como los publica el TCA (los juzgados los anonimizan; el Tribunal, no siempre).