Tribunal de lo Contencioso Administrativo · Tribunal de lo Contencioso Administrativo
Sentencia Definitiva N° 141/2001
26 de marzo de 2001
- Procedimiento
- Acción de nulidad
- Materia
- Derecho administrativo
- Resultado (estimado)
- Desestima o rechaza
- Fallo: otro
Texto de la sentencia
DECRETERO DE SENTENCIAS
//tevideo, 26 de marzo de 2001.
No. 141 VISTOS en el Acuerdo :
Estos autos caratulados : “SERRA BORDIGONI, MELCHOR con BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL.
Acción de nulidad” (No. 1207/98). Para resolución el Recurso de Revisión deducido por la parte actora contra la Sentencia definitiva No. 514 de fecha 26 de junio de 2000.
CONSIDERANDO :
I) Que el Tribunal conceptúa, luego de sustanciado el recurso interpuesto, y compartiendo el Dictamen del Sr. Procurador del Estado No. 862/2000 (fs. 88 a 88v. de autos), que no existen nuevos elementos de juicio, que por su naturaleza puedan determinar la modificación de la sentencia, y de los cuales no hubiese podido hacer uso el accionante durante el proceso, conforme a lo establecido por el art. 99 de la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo, D. Ley
15.524.
II) En efecto: los elementos que se aportan en el escrito recursivo, pudieron ser esgrimidos por la parte actora durante el proceso, no constituyendo fundamento válido de la pretensión de revisión del fallo la consideración de que el Tribunal no ha valorado correctamente la prueba rendida en autos.
En consecuencia, el Tribunal entiende que, en la especie, corresponde confirmar la sentencia recurrida.
|Por lo expuesto, el Tribunal
RESUELVE :
No ha lugar al recurso de revisión interpuesto contra la Sentencia definitiva No. 514 de fecha 26 de junio de
2000.
Dr. Brito del Pino, Dr. Mercant (r.), Dr.Baldi, Dr. Bermúdez, Dr. Borges.
Dra. Petraglia (Sec. Letrada)
Fuente: consulta de jurisprudencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Los nombres de las partes figuran tal como los publica el TCA (los juzgados los anonimizan; el Tribunal, no siempre).