Tribunal de lo Contencioso Administrativo · Tribunal de lo Contencioso Administrativo
Sentencia Interlocutoria N° 878/2000
27 de noviembre de 2000
- Procedimiento
- Acción de nulidad
- Materia
- Derecho administrativo
- Resultado (estimado)
- Desestima o rechaza
- Fallo: otro
Texto de la sentencia
DECRETERO DE SENTENCIAS
//tevideo, 27 de noviembre de 2000.
No. 878 VISTOS en el Acuerdo:
Estos autos caratulados: “VIERA DE WIDMANN, ELSY Y OTRA con INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO.
Acción de Nulidad” (No. 1001/99), para resolución el Recurso de Aclaración interpuesto por la parte actora contra la Sentencia Interlocutoria No. 681 de 30 de agosto de 2000 y
CONSIDERANDO :
I) Que a través del Recurso de Aclaración interpuesto por la parte actora, el Tribunal advierte que padeció “error material” al mencionar a la actora en la parte dispositiva de la sentencia.
II) En consecuencia, se modifica la Sentencia No. 681 de 30 de agosto de 2000 y donde dice “Desestímase la oposición deducida por la parte actora”, debe decir: “Desestímase la oposición deducida por la parte demandada”, a los efectos de que exista total congruencia entre la parte expositiva y la parte dispositiva de la sentencia interlocutoria recurrida.
Por lo expuesto, el Tribunal,
RESUELVE :
Modifíquese la sentencia interlocutoria No. 681 de 30 de agosto de 2000, donde debe decir “Desestímase la oposición deducida por la parte demandada”.
Notifíquese.
Dr. Mercant, Dr. Baldi, Dr. Bermúdez, Dr. Brito del Pino, Dr.Borges.
Dra. Petraglia (Sec. Letrada)
Fuente: consulta de jurisprudencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Los nombres de las partes figuran tal como los publica el TCA (los juzgados los anonimizan; el Tribunal, no siempre).