Tribunal de lo Contencioso Administrativo · Tribunal de lo Contencioso Administrativo
Sentencia Sentencia N° 553/2000
9 de agosto de 2000
- Procedimiento
- Acción de nulidad
- Materia
- Derecho administrativo
- Resultado (estimado)
- Hace lugar o condena
- Fallo: anula
Texto de la sentencia
DECRETERO DE SENTENCIAS
//tevideo, 9 de agosto de 2000.
No. 553 VISTOS en el Acuerdo:
Estos autos caratulados: “GROSSO, SALVADOR con BANCO DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY. Acción de nulidad” (No. 295/97), para resolver la pretensión anulatoria ejercida contra la resolución dictada por el Directorio del Banco de la República Oriental del Uruguay el 18/12/95, por la que se promueven a la 2a. categoría de la clase administración de Capital a 29 funcionarios;
YCONSIDERANDO :
I) Que el Tribunal, con el voto unánime de sus integrantes, habiéndose constatado el debido cumplimiento de los aspectos formales previstos en los arts. 4 y 9 de la Ley No. 15.869, acogerá la pretensión anulatoria incoada.
II) Que en ese sentido se señala, que existe jurisprudencia del Cuerpo sobre la cuestión planteada, que el Tribunal ha decidido mantener y ratificar (Sent. No. 968 del 6 de setiembre de 1999). Y tratándose jurídicamente de asunto similar, se dan aquí por reproducidos y parte integrante de esta decisión los fundamentos respectivos.
Por los fundamentos expuestos, con el Sr. Procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo, el Tribunal
FALLA :
Acogiendo la demanda y, en su mérito, anulando el acto administrativo impugnado.
Sin especial condenación procesal.
A los efectos fiscales, fíjanse los honorarios del abogado de la parte actora en la suma de $ 3.000 (pesos uruguayos tres mil).
Oportunamente, devuélvanse los antecedentes administrativos agregados, y archívese.
Dr. Mercant, Dr. Baldi, Dr. Bermúdez, Dr. Brito del Pino, Dr. Borges. Dra.
Petraglia (Sec. Letrada).
Fuente: consulta de jurisprudencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Los nombres de las partes figuran tal como los publica el TCA (los juzgados los anonimizan; el Tribunal, no siempre).