Tribunal de lo Contencioso Administrativo · Tribunal de lo Contencioso Administrativo
Sentencia Interlocutoria N° 990/1999
15 de setiembre de 1999
- Ficha (IUE)
- 596/94
- Procedimiento
- Acción de nulidad
- Materia
- Derecho administrativo
- Fallo: otro
Texto de la sentencia
//tevideo, 15 de setiembre de 1999.
No. 990 VISTOS en el Acuerdo:
Para sentencia interlocutoria, estos autos caratulados:
“RAMA SUAREZ, ILDA SOFÍA con INTENDENCIA MUNICIPAL DE CANELONES. Acción de Nulidad” (ficha No. 596/94);
YCONSIDERANDO :
I) Que la Corporación no comparte lo dictaminado por el Sr. Procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo, en mérito al documento agregado por la parte actora a fs. 104 en cumplimiento del decreto Nº 6612, de fecha 26 de julio de 1999 (fs. 100).-
II) El acto administrativo objeto de la presente acción de nulidad lo constituye la resolución emitida por el Director Interino de la Asesoría Jurídica Notarial de la Administración demandada, que fue notificado el día 15 de febrero de 1993 (fs. 16 de los antecedentes administrativos).
Como lo acreditó la parte actora a fs. 104, con fecha 25 de febrero de ese mismo año, interpuso los correspondientes recursos contra el mismo, por lo que, ha juicio del Tribunal, aquéllos fueron presentados tempestivamente.-
Por lo expuesto y de acuerdo a lo establecido en la ley Nº 15.869, el Tribunal
RESUELVE :
Declarar bien agotada la vía administrativa.
Vuelvan al Sr. Procurador del Estado en lo Contencioso Administrativo, a sus efectos.-
Fuente: consulta de jurisprudencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Los nombres de las partes figuran tal como los publica el TCA (los juzgados los anonimizan; el Tribunal, no siempre).