Tribunal de lo Contencioso Administrativo · Tribunal de lo Contencioso Administrativo
Sentencia Definitiva N° 49/1997
19 de febrero de 1997
- Materia
- Derecho administrativo
- Fallo: otro
Texto de la sentencia
Fo. .A2.%,..
TRIBUNAL DE LO
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DECRETERO DE SENTENCIAS
//tevideo, 19 de febrero de 1997.
NQ 49
VISTOS;
Para contencia definitiva en los autos:
"CORTE CA3RER,-,, Cr.,;CI¡LLA ^.'iG.vRITA C:.K ADM Ira3TR.■■XIÓN -NACIONAL DE EDUCACIÓN PUBLICA.Acción de Nulicad"( Ficha NQ215/$_5L.-
R E 5 ULTANDO:
I) üue la parte actora por demanda introdu- ^ cida el 27/3/96, ipnpetra la anulación de la Resolución de fe- ;„^ cha 23/12/1988, dictada por el Consejo de Educación Secundaria que desestimó su petición de regularización presupuestal .-
Funda su accionamiento en el art. 410 de La le¥_ norma :¡ue acuerda el derecho a la efectividad a los- doc*ftt-as_
L-^^^"-.!*^^^ ^^°^ ^^ ejercicio e informe favorable de Inspección ^ireccion.-
Aduce ',ue solicitó su regularización presupuestal como Profesora de Idioma ETspañbl.-
II)-iuesÉhaoünferido el traslado correspon- diente, a fs 16-18 compareció la demandada, expresando en__sln:^ tesis que la interpretación '¡ue ha sostenido siempre respecto al art.410 de la ley 14.106, es de q_^ue se trata de_una norme transitoria y de .ámbito restringido que sólo es aplicables quienes reunían los re-uisitos exigidos a la fecha de la publi cación de la mencionada ley. Agrega que des'-=e la vigencia de
-la ley 15.739 (num 6Q art.,19), y el 'estatuto '-'ocente, sólo _ puede accederse a la efectividad por concurso. - ^11) ^ue agregados los antecedentes adminia- trati^^os ,^ se oyó a1 Sr. Procurador del Estado en lo "Contencioso .ñ.l'"Á'?A^^'^^^^'^° (Dictamen NQ 730/96), por lo que citó para sen- te_ncia__la_Ci_ue. se_acordó en legal forma. - C O N _S I PER A N \j O;
I) -i^e el Tribunal, examinando el efeq tivo cumplimiento de los rer.uisitos necesarios y habilitantes p;ara el valido ejercicio de la acción de nulid^rd, advierte que respecto cjel acto originario impugnado no se ha dado cumplimienl- rización rresupu^stal ante el Consejo de Educación Secundaria ( fs .33.A«A.J^, ..el- -^ue, noJiizo lugar a lo petic.iojiadí) naedi,ante„_ resolución de 25/12/88 (fs 40 A.A.).-
to fl1 regular..,y previo agotamiento -le la vía administrativa.-.
"^n efecto, la actcra peticionó en fecha l/2>/QQ su regula- Si bien la accionante expr'=-s5 en su dem.^nda que la reso lución antes mencionada no le fue notificada, como lo advierte el Sr. Procurador, a fs 40v. A.A., fluye .¡ue su letrado patro- cinante se ^notificó de la mismis, en fecha 9/1/89, por lo que eil .-ili&z__cilas_ corridoa^.y.siguientes p^ra interponer ÍQ.s_..xer- cursos correspondientes se cuenüa a partir del 1/2/89 en aplicar ción de lo__c'_ispue : to por los arts. 4 y 10 de la ley 15.859.
_Lq^.. re.c.urs.QS acministrativos , no agregados a estos obrajdos.
fuerpji interpuestos en fecha 30/6/89, a estar a los dichos de \ """\ la demandante (fs.l), y por tanto fuer- de los plazos previstos;
i por-aI-.art. -4.ley 15.869.- ^.
| Conistando en autos, acemas, ,up la de;..axiaa se introdujd en fecha 27/3/96 (nota ce cargo de fs*!) , es .'ecir c ando ya ha-i bían transcurrido más de dos años de de la interposición de losj Fo. m
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. 49 .d M.
ialdi )ctor
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recursos, se releva la ex temporaneidad de la misma y cuando ya .se había producido la caducidad del derecho a accionar-d-e-Goo— formidad a lo establecido en el inc, 4 del art. 4 del ..arJ:..-._5—de.
la ley NQ 15.869.-
Por todo ello se concluye que en el caso no se ha ago tado la vía administrativa previa, así como que. se abrÍQ-...ia.-
instancia jurisdiccional cuando ya había operado la ¿aducidad del derecho a accionar.
- Por los fundamentos expuestos, y.^l_os concjorr Sr. Procurador del Estado, el Tribunal
FALLA :
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^~^^_ ^M^t¿^ _ Br. JOSÉ BALDI MARTÍNEZ Presidente del Tiibunol c'e lo ^QQQjgusdp^ Administrativo éA ?^ ./ R. VÍCTOR HlÍKiO BERMUDH!
^^!i^istro-dB^TTil:>unal de lo .ConteaeioBo Administrativo Dr. MAájEL ME'RCM^Tii.íMnpm.ME'RCJf^T! LANDEIRA ^■-) ud ¡o raUvo 'ÓxAo ^ &¿<MÍ1¿[^ ' CP^m PANIZZA' Ministro del T.ibunal de lo Contencioso Administrativo ^ Ora Teresa l. fiandrá
SECRETARIA
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Fuente: consulta de jurisprudencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Los nombres de las partes figuran tal como los publica el TCA (los juzgados los anonimizan; el Tribunal, no siempre).