Tribunal de lo Contencioso Administrativo · Tribunal de lo Contencioso Administrativo
Sentencia Interlocutoria N° 860/2015
22 de diciembre de 2015
- Ficha (IUE)
- 518/2013
- Procedimiento
- Acción de nulidad
- Materia
- Derecho administrativo
- Fallo: otro
Texto de la sentencia
DECRETERO DE SENTENCIAS
//tevideo, 22 de diciembre de 2015.
No. 860 VISTOS en el Acuerdo:
Para resolución sobre el recurso de aclaración y ampliación interpuesto por el Banco Central del Uruguay en estos autos caratulados: “LEVY Y ASOCIADOS CORREDOR DE BOLSA S.A. Y OTRO con BANCO CENTRAL DEL URUGUAY. Acción de nulidad" (Ficha No. 518/2013); y
CONSIDERANDO :
La lectura del libelo recursivo evidencia que el interés del recurrente apunta a la crítica de la decisión y sus fundamentos, sin que resulte que deba ampliarse el pronunciamiento en algún punto litigioso que no fuera resuelto y sólo parece pertinente aclarar un único aspecto: la anulatoria sólo alcanza a la Resolución dictada por el Banco Central del Uruguay D/293/2012 de 7.11.12, comunicada por Circular No. 2119 del 21.11.12 en cuanto limita quiénes pueden ser “operadores primarios” en el mercado de valores.
Por lo expuesto, el Tribunal, en mayoría,
RESUELVE :
Téngase por aclarada la sentencia en los términos indicados ut supra.
Notifíquese personalmente.
Dr. Gómez Tedeschi, Dr. Tobía, Dr. Echeveste, Dra. Castro, Dra. Díaz (d.).
Dr. Marquisio (Sec. Letrado).
Discordia de la Dra. Díaz. Discorde: por cuanto, atento que la sentencia es una interlocutoria, no son necesarios cinco votos.
Fuente: consulta de jurisprudencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. Los nombres de las partes figuran tal como los publica el TCA (los juzgados los anonimizan; el Tribunal, no siempre).