Suprema Corte de Justicia · Suprema Corte de Justicia
Sentencia Definitiva N° 276/2023
23 de marzo de 2023
- Ficha (IUE)
- 1-51/2022
- Procedimiento
- Proceso de inconstitucionalidad
- Materia
- Derecho constitucional
- Importancia
- Media
- Resultado (estimado)
- Desestima o rechaza
- Firmantes
- Dra. Bernadette Josefina MINVIELLE SANCHEZ
- Dr. Tabare SOSA AGUIRRE
- Dra. Elena MARTINEZ ROSSO
- Dr. John PEREZ BRIGNANI
- Dra. Doris Perla MORALES MARTINEZ
- Dra. Gabriela FIGUEROA DACASTO
- Derecho procesal › Proceso de inconstitucionalidad de la ley › Objeto de la declaracion › Norma incluida arts. 1, 2, 3, 6, 7 y 8 de la ley 20.022
- Derecho procesal › Proceso de inconstitucionalidad de la ley › Desestimacion
- Derecho procesal › Resolucion judicial › Decision anticipada › Causal de decision anticipada › Jurisprudencia anterior sentencias de la corporación números 94/2023 y 136/2023
Texto de la sentencia
Montevideo, veintitrés de marzo de dos mil veintitrés.
VISTOS :
Para sentencia estos autos caratulados: “SÁNCHEZ, MARÍA JOSEFA Y OTROS C/ MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA - ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD - ARTS. 1, 2, 3, 6, 7 Y 8 DE LA LEY Nº 20.022” - IUE: 1-51/2022.
CONSIDERANDO:
1.- Que, de acuerdo con lo dispuesto por el art. 519 del Código General del Proceso, la Suprema Corte de Justicia se encuentra legalmente facultada para resolver las cuestiones de inconstitucionalidad que le fueren elevadas, en cualquier estado de los procedimientos y con prescindencia de la situación en que se encontrare el trámite respectivo, siempre que exista jurisprudencia sobre el caso planteado y a juicio de la Corte corresponda mantener su anterior criterio.
2.– Por sentencias N os 94/2023 y 136/2023, la Corte desestimó la acción de inconstitu-cionalidad deducida, en términos que por su exacta adecuación al caso se tendrán por reproducidos y como parte integrante de esta decisión.
3.- El co-accionante Sr. Marcelo Lameireo carece de legitimación activa por no ser afiliado al FONASA.
Por lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 508 y ss. del Código General del Proceso, y arts. 256 y ss. de la Constitución Nacional, la Suprema Corte de Justicia, por resolución anticipada
FALLA:
DECLÁRASE LA FALTA DE LEGITIMACIÓN ACTIVA DEL CO-ACCIONANTE SR. MARCELO LAMEIREO.
DESESTÍMASE LA ACCIÓN DE INCONSTITU-CIONALIDAD DEDUCIDA POR LOS RESTANTES CO-ACTORES, CON COSTAS DE PRECEPTO Y SIN ESPECIAL CONDENACIÓN EN COSTOS.
HONORARIOS FICTOS: 20 B.P.C.
OPORTUNAMENTE, ARCHÍVENSE.
Fuente: Base de Jurisprudencia Nacional del Poder Judicial. Los nombres de las partes figuran anonimizados en el original.